Ante las dudas sobre las facturas y notas de venta que el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilita para ser deducidas del Impuesto a la Renta (IR), los funcionarios de la autoridad tributaria explicaron que, si bien la inclusión de vouchers o facturas del exterior recalculadas para el pago con tarjeta de crédito dentro del país son usados a veces como deducibles, no es algo que se acepte para ese efecto.
Según la institución, únicamente las facturas y notas de venta emitidas en el país pueden entrar dentro
del rubro de deducibles de gastos personales (salud, alimentación, vivienda, vestimenta y educación).
También pueden incluirse las compras por Internet, siempre y cuando los establecimientos tengan su domicilio en el Ecuador.
Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO
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