El proyecto de Ley de Comunicación, que es una prioridad para el oficialismo imperante en la nueva Asamblea Nacional, establece, en los artículos 5 y 74, que la Comunicación "que se realiza a través de los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios es un servicio público".
Este concepto fue introducido por primera vez en la legislación nacional, en la Ley de Participación Ciudadana, aprobada a inicios del 2010. En su artículo 94 se establece la obligación de todos los medios de comunicación de rendir cuentas de su trabajo, porque "prestan un servicio público".
En la propuesta de la Ley de Comunicación no está explicado con claridad qué significa que los medios adquieran esta definición. Según varios juristas, es el Estado o una entidad privada a nombre del Estado los que pueden prestar un servicio para la ciudadanía.
El abogado Diego Paredes, en un estudio publicado en la revista del ex Tribunal Constitucional, señala que el servicio público debe "asegurar la satisfacción de un interés social, la igualdad de tratamiento de los usuarios, y garantizar ciertos actos ante la confianza pública, o hacerlos gratuitos".
Sin embargo, no existe una norma que vincule claramente a la comunicación con la prestación de un servicio público. En la Constitución se pone como ejemplos a la salud, educación, justicia, seguridad social, electricidad, transporte.
En otros países, se ha considerado que los medios de comunicación que prestan un servicio público son los estatales, porque son dirigidos por el poder público. Sin embargo, en ninguna otra legislación aparece la comunicación en su totalidad bajo este concepto, puesto que se la reconoce como un derecho humano que debe ser ejercido con plenas garantías.
El público El servicio debe ser para la ciudadanía La catedrática universitaria, Lucía Lemos, considera que los medios de comunicación dan un servicio a la ciudadanía, por la información que proporcionan a la sociedad y por el interés que esta pueda despertar en los usuarios.
No obstante, ella cree que definir a la comunicación como prestadora de un servicio público es erróneo, porque no proviene desde el Estado. A su criterio, esto puede derivar en que el Gobierno imponga restricciones al trabajo que realiza la prensa, más allá de la Ley de Comunicación que está a la espera de ser votada en el Pleno de la Asamblea. Asimismo, para Gustavo González, un médico y asiduo lector, los medios tienen que cumplir con su función social, de informar a la ciudadanía con responsabilidad.
Pero sin que esto signifique que se trate de un servicio público, en su concepto estatal; sino en función del uso que la gente le pueda dar a una información difundida.
Para ellos, la idea de servicio público está atada a los conceptos de servicios básicos y necesarios para que el Estado garantice el bienestar de la ciudadanía y de la sociedad a la que debe proteger.
Los medios La comunicación es un derecho mundial El concepto de servicio público depende de la óptica con la que se mire.
Para los medios públicos, la propuesta tiene lógica, pero para los periodistas independientes esta definición es muy restrictiva, frente al derecho consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos.
Según el director de diario El Telégrafo, Orlando Pérez, la prensa cae bajo esta definición, por el "impacto que tiene la información" que se difunde y por la "responsabilidad ante el público" sobre la comunicación. Sin embargo, Paúl Mena, dirigente del Foro de Periodistas del Ecuador (Fope), asegura que la comunicación es un derecho, que no debe ser restringido.
"Al poner la comunicación como un servicio público se establece una vinculación con el Estado, porque los servicios públicos están en manos del Estado. Se debería promover la existencia de más medios, más voces... para que los ciudadanos accedan a este derecho". Asimismo, César Pérez, directivo de diario El Universo, considera que al no existir una definición clara sobre la propuesta legal, se puede perjudicar la labor informativa, porque implicaría un control estatal.
El estado regulador Servicio público sí, por su función social Para el oficialismo, los medios de comunicación brindan un servicio público, porque la información que se publica puede "afectar la vida de los ciudadanos". Según dijo el presidente Rafael Correa, la semana pasada, los medios son un servicio público, porque cumplen con una misión social. En función de ello, se debe establecer una regulación y la responsabilidad ulterior de lo que se difunde.
Asimismo, el asambleísta de Alianza País, y exmiembro de la Mesa de Comunicación, Ángel Vilema, explica que se incluyó en el proyecto de Ley de Medios, la nueva condición del servicio público, porque la comunicación que se transmite por los medios tiene una doble cualidad: es un derecho y un servicio público.
Esta última, porque se utiliza un bien público: el espectro radioeléctrico, para la difusión de la información. Aunque esto se aplica solo para los medos audiovisuales, en la prensa escrita, según dijo, existen permisos especiales que otorga el Estado para su funcionamiento: "La importación de papel, el reconocimiento mercantil de la empresa, el permiso de funcionamiento", entre otros, dijo Vilema.
No existen referentes legales Ni en las legislaciones internacionales ni en los países de América Latina que tienen leyes de medios se ha definido a la Comunicación como prestadora de un servicio público. En algunos países se ha aceptado esta idea para los medios estatales por la función que cumplen y porque es el Estado el que los rige y administra. Pero ese concepto no se aplica a los medios privados.
"Es un servicio para que los ciudadanos sepan lo que pasa. Pero no es del Estado". Lucía Lemos. Catedrática universitaria "Los ciudadanos pueden comunicarse y este derecho debe ser precautelado". Paúl Mena. Dirigente del Fope "Se definió que la comunicación es de doble vía: es un derecho y un servicio público". Ángel Vilema. Asambleísta de A. País
Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO
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